La Comisión, basada en informes bibliográficos de médicos peruanos y bolivianos, concluyó que la masticación de coca era una forma crónica de adicción a la cocaína y atribuyó un carácter tóxico a la hoja de coca.
La Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE), órgano de las Naciones Unidas encargado de velar por el cumplimiento de los tratados internacionales sobre drogas, pidió a Perú y Bolivia dictar medidas para prohibir la masticación y el uso industrial de la hoja de coca.
En su Informe 2007, presentado en Bogotá el 4 de marzo último, la JIFE "exhorta a los gobiernos de Perú y Bolivia a adoptar medidas sin demora con miras a abolir los usos de la hoja de coca que sean contrarios a la Convención de 1961 (Viena), incluida la práctica de masticarla".
Critica también que en Perú y Bolivia se dedique la hoja de coca a fines industriales, como la fabricación del mate de coca, que según la JIFE, va más allá del uso medicinal que le asignan los tratados internacionales a esa planta.
La Organización de Naciones Unidas (ONU) no puede ignorar lo que significa la coca para los pueblos originarios. Desconoce ancestrales costumbres de las comunidades campesinas con respecto al uso para fines medicinales, en las labores agrícolas y en rituales ceremoniales.
En Perú las organizaciones campesinas han solicitado al Gobierno nacional que tramite el retiro de la hoja de coca de la Lista No. 1 de la Convención Única de Estupefacientes de 1961 (Viena). El pedido se basa en la decisión del Tribunal Constitucional del Perú -máximo órgano que determina la constitucionalidad de las leyes- que el año 2005 pidió al Poder Legislativo incluir a la planta de la hoja de coca en la lista de cultivos reconocidos como patrimonio natural de la nación.
Igualmente el Tribunal Constitucional exhortó al Instituto Nacional de Cultura, organismo del Ministerio de Educación, a declarar el uso tradicional de la planta de hoja de coca como patrimonio cultural inmaterial.
En respuesta a la JIFE y a los pedidos de diferentes personalidades y organizaciones campesinas, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú sostiene que "es obligación del Estado defender los derechos inalienables de las comunidades nativas y sus usos y costumbres tradicionales, en el marco del respeto a las normas internacionales y al amparo del artículo 55 de la Constitución del Estado.("Los tratados celebrados por el Estado y en vigor forman parte del derecho nacional").
El Ministerio de Relaciones Exteriores indica que el Perú logró que la Convención de Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes de 1988 incluyera que las medidas a ser adoptadas "deberán respetar los derechos humanos fundamentales y tendrán debidamente en cuenta los usos tradicionales lícitos, donde al respecto exista la evidencia histórica" (Artículo 14),. Este principio es concordante y coincidente con los postulados contenidos en el Convenio de la Organización Internacional de Trabajo No. 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales".
Llama la atención de que la JIFE concentre su política de lucha contra el tráfico ilícito de drogas en la erradicación parcial de una de las materias primas de la pasta básica y la cocaína. Pero dejan de lado el tráfico informal o ilícito de los productos químicos que permiten producir drogas, tales como el kerosene, el ácido sulfúrico, el amoniaco, benceno, etc.
Para Perú y Bolivia la relación de la hoja de coca con la drogadicción está "fuera de la realidad", ya que masticar la planta es una práctica generalizada en las poblaciones indígenas y nunca ha causado problemas de drogadicción.
La masticación de la hoja de coca es parte de la identidad cultural de los pueblos originarios y el uso de la planta como materia prima para la fabricación de cocaína es un hecho de las últimas décadas.
RECOMENDACIÓN
Que el Séptimo Foro Permanente de las Naciones Unidas sobre Cuestiones Indígenas reconozca el derecho de los pueblos originarios de Perú y Bolivia a seguir su práctica ancestral de masticación de la hoja de coca y su derecho a la industrialización de la hoja para uso masivo.
Que el Séptimo Foro Permanente de las Naciones Unidas sobre Cuestiones Indígenas respalde el pedido de los pueblos de Perú y Bolivia para que se retire la hoja de coca de la Lista 1 de la Convención Única de Estupefacientes de 1961. (Nueva York).